Mar 30

Por: Joel Villarini “El Webmaster”
Visita mi página: http://www.enteratedeesto.com 

conficker

¿Que es el virus Conficker?

Definición de Wikipedia:

Conficker, también conocido como Downup, Downandup y Kido es un virus de computadora tipo “worm” que salio a relucir en cotubre del 2008 y ataque específicamente al sistema operativo Windows y sus versiones 2000, XP, Vista, Windows Server 2003, 2008 y el nuevo beta de Windows 7. El virus esta por activarse y tomar acción el próximo miércoles primero de abril.

¿Como se propaga Conficker?

 

  • Usando USB drives (pen drives etc) … por favor no se pongan ahora paranoicos y dejen de usarlos! Calma!
  • Páginas de compartir archivos y documentos
  • Vulnerabilidades de seguridad de Windows en sistemas que no tienen los Windows Updates al dia.

 

confickers-autoplay-on-vista

Aquí pueden ver como el virus se hace pasar como una opción de abrir un folder (opción sombreada)  cuando si te fijas verás que esta debajo de donde dice “INSTALL OR RUN PROGRAM” por ende esta opción es para instalar el virus. A veces por costumbre le damos a la primera opción y no nos fijamos y podemos instalar el virus sin darnos cuenta.

 

¿Que hará este virus el 1ero de abril?

Podrá contactar via Internet uno de sobre 50,000 servidores y obtendrá instrucciones para usar tu computadora para propagarse y podria otorgarle control de tu computadora al virus para que este la use para seguirse propagando.

 

¿Como puede sacar este virus de mi computadora?

Tienes varias alternativas.. aquí algunas:

  • Usuarios deben de instalar el Microsoft patch y tener su anti-virus al dia
  • Si crees que tienes el virus Microsoft tiene una herramienta para removerlo: Conficker removal tool
  • También como medida adicional pueden instalarel Microsoft update for the AutoRun feature el cual hace que el AutoRun pueda ser apagado completamente. O sea que cuando pongas un USB drive no te va a preguntar que quieras hacer con el. Pero en mi opinión personal esto es cuestión de fijarse bien a donde uno le da click y evitar el ejemplo de arriba.

Datos Misceláneos:

  • 30% de las computadoras con Windows son vulnerables a este ataque ya que no han corrido el upgrade de Windows Update disponible desde el pasado octubre
  • Miles de computadoras se infectan a diario
  • Esta es la primera infección masiva de computadoras con un virus desde el 2004 cuando se rego el virus Sasser que infecto medio millón de computadoras
  • Microsoft y otras compañías han creado una organización para obtener información sobre los autores de este virus y hay una recompensa de $250,000 por información que lleve al arresto o similar de el/los culpable(s)
     

 

Anti-Virus Gratis:

Dos buenas opciones a esos Antivirus que hoy en dia vienen pre-instalados en muchas computadoras es Abast y AVG. Ambos son gratis y ofrecen muy buena protección.

AVG Free 2008 es rápido, se mantiene al dia automáticamente con los viruses mas recientes. > > Baja AVG Free 2008.

Avast Home Edition: Muy parecivo a Avast, tiene algunas opciones adicionales. Yo lo uso y todos los dias me da un mensaje que esta al dia con los últimos virus que han salido. Tiene un período de prueba y luego que termina este período te intenta vender la opcíon profesional pero puedes seguir con la versión gratuita (home) solo registralo con tu email y te da la clave de registro gratis. > > Baja Avast Home Edition

Mar 18

El Joven Ben Gullet de 14 años colgó en el portal cibernético Y.T. un vídeo casero buscando un  nuevo empleo para su papá, Mark Gullet. Su padre perdió su trabajo como vicepresidente de mercadeo del equipo de hockey Tampa Bay Lightning. Este es el video.

Mar 12

Santa k-chucha!! Siempre crecimos con las idea de que PR mide 100 por 35, bueno eso fue lo que nos enseñaron en la escuela. Pero sucede que nuestro crítico de Cine Jonathan Dwain (entre otro sombreros que tiene) realizando un trabajo de moderador para History Channel, descubre; o mas bien; la producción de este canal le presenta pruebas de que PR mide mas. ¿Qué Cuanto? 114 por 47.5. Esto se debe a que la Isla fue medida en millas marítimas. Y una milla marítima equivale más o menos a 1.14 millas terrestres.

Jonathan nos dirá cuando saldrá al aire los programas especiales que esta grabando para History Channel, los cuales serán de Puerto Rico

Mar 11

Mire mi hermano! Hoy Raymond llego con dos niños por dentro. Como prueba de esto tenemos dos fotos donde el Arrieta sugiere que lo velen “Parao”. ¿Que ustedes creen?

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Mar 9

Para beneficio de todos nuestros radios escuchas aquí tienen varios links donde pueden encontrar información valiosa en contra de “Bullying”. Agradecemos a Maria Teresa por enviarnos la ley. De hecho Maria Indica lo siguiente: “Realmente, esta ley es una enmienda hecha a otra ya existente (LEY 148) del Consejo General de Educación, organismo que otorga licencias de operación a las escuelas de nivel elemental, intermedio y superior. Pueden conseguirla en lexjuris.com..

Otro links que pueden ir son:

http://convivirenpaz.blogspot.com/

http://stopbullyingnow.hrsa.gov/index.asp?area=main

ley-num-37-12

Ley Núm. 37 del año 2008

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(P. de la C. 3655), 2008, ley 37

Para enmendar los incisos (2) y (3); añadir un nuevo inciso (4); y redesignar el actual inciso (4) como (5) en el Artículo 16 de la Ley Núm. 148 de 1999: Ley del Consejo General de Educación de Puerto Rico de 1999

Ley Núm. 37 de 10 de abril de 2008

Para enmendar los incisos (2) y (3); añadir un nuevo inciso (4); y redesignar el actual inciso (4) como (5) en el Artículo 16 de la Ley Núm. 148 de 1999, según enmendada, conocida como “Ley del Consejo General de Educación de Puerto Rico de 1999”, a fin de sujetar la renovación o expedición de licencias para operar escuelas privadas de nivel preescolar, elemental, secundario, vocacional, técnico y de altas destrezas a que dichas instituciones evidencien fehacientemente que cuentan e implantan políticas y protocolos definidos, concretos y ejecutables en contra del hostigamiento e intimidación (‘bullying’) entre estudiantes.

EXPOSICION DE MOTIVOS

La conducta agresiva que se manifiesta entre escolares, conocida internacionalmente como fenómeno “bullying”, y que es una forma de conducta agresiva, intencionada y perjudicial, cuyos protagonistas son jóvenes escolares, no se trata de un episodio esporádico, sino persistente, que puede durar semanas, meses e incluso años. La mayoría de los agresores o “bullies” actúan movidos por un abuso de poder y un deseo de intimidar y dominar. Un rasgo específico de estas relaciones es que el alumno, o grupo de ellos, que se las da de bravucón trata de forma tiránica a un compañero al que hostiga, oprime y atemoriza repetidamente, y le atormenta hasta el punto de convertirle en su víctima habitual.

La conducta “bullying” se define como la violencia mantenida, física o mental, guiada por un individuo en edad escolar o por un grupo, dirigida contra otro individuo también en edad escolar que no es capaz de defenderse a sí mismo en esta situación, y que se desarrolla en el ámbito escolar.

La violencia verbal (insultos, amenazas, intimidación, descalificaciones) es la más frecuente de las conductas que declaran los escolares, seguida del aislamiento social. Los patios, los pasillos, los baños, las entradas y salidas del centro son lugares comunes y frecuentes de expresión de este tipo de violencia, pero tampoco es extraño que a lo largo del tiempo (en ocasiones meses o años) el espacio físico se extienda, a medida que se consolida el proceso de victimización. Tras la violencia verbal y la exclusión social, los comportamientos más prevalecientes son las agresiones físicas directas y el presionar u obligar a otros a la comisión de agresiones (pegar, chantajear), y por último, estarían las amenazas con armas y el acoso sexual. De una manera u otra más de una modalidad de maltrato estaría presente en casi todos los casos, y en todos ellos aparece el maltrato psicológico de forma latente con diferente grado.

Diferentes estudios demuestran que la dinámica del “bullying” se ve favorecida por una serie de factores entre los que destacan la llamativa pasividad de los compañeros. Parece como si el resto del grupo, cuando se establece una relación de intimidación hacia otro compañero, optara por reforzar estas conductas o, a lo sumo, inhibirse del tema. Esta pasividad de los testigos tiene contenidos defensivos: generalmente tiene la intención de evitar convertirse ellos mismos en blanco posible de los ataques (“mientras se lo hacen a otro, no me lo hacen a mí”). De manera que, de simples observadores, pasan a ser cómplices de la situación y así, las situaciones de abuso encuentran apoyo en el grupo; es más, es el propio grupo el que, al aislar y no ayudar al sujeto víctima, en alguna medida, las genera y mantiene. Los compañeros son testigos de esta situación en, al menos, el 15-20 % de los casos, según las estadísticas. Por lo tanto, no es que se trate de una conducta desconocida, sino que es oculta, y en general pasa inadvertida para el adulto.

El centro escolar proporciona el lugar propicio para la primera interacción social no familiar de todos los individuos. Las implicaciones que tienen las relaciones sociales en el contexto escolar para la adaptación del niño son tan importantes como las que se derivan del contexto de la familia. La influencia de los otros va a determinar en parte cómo el niño construye sus propios esquemas y la representación del mundo físico y social.

La consecuencia que este tipo de conducta puede tener en los niños es desastrosa, tanto a corto como a largo plazo. Quienes han sido víctimas de un abusador o “bully” padecen en mayor grado que sus semejantes, de los siguientes problemas: depresión, soledad, ansiedad, baja autoestima e incluso llegan a pensar en el suicidio. [Limber, S.P. (2002). Bullying Among Children and Youth. Proceedings of the Educational Forum on Adolescent Health: Youth Bullying. Chicago: American Medical Association.] Por su parte el abusador o “bully” puede mostrar impulsividad, falta de empatía, dificultad para seguir patrones y actitudes positivas hacia la violencia. Como si fuera poco, se ha reportado que quienes son identificados como “bullies”, en muchos de los casos poseen armas para su propia defensa o para intimidar. [Cunningham, P.B., Henggeler, S.W., Limber, S.P. Melton, G.B., and Nation, M.A. (2000). Patterns and Correlates of Gun Ownership Among Nonmetropolitan and Rural Middle School Students. Journal of Clinical Child Psychology, 29, 432-442.]

En Nabozny v. Podlesny, 92 F.3d 446 (7th Cir. 1996), un joven que se dio cuenta que era homosexual y decidió no ocultarlo comenzó a ser víctima de sus compañeros de clase desde séptimo grado. Sus compañeros le proferían epítetos, se burlaban, lo golpeaban y le escupían. En una de las agresiones, mientras Nabozny se encontraba en el baño utilizando el urinal lo golpearon en la rodilla cayendo sobre el urinal y uno de los agresores orinó sobre él. En otra, lo patearon en el estómago durante diez minutos, mientras otros estudiantes miraban y se reían, al punto que las patadas le causaron hemorragias internas. Nabozny intentó suicidarse en dos ocasiones durante la secundaria debido a los continuos abusos a los que era sometido y a la inacción de las autoridades escolares. Cada vez que Nabozny denunciaba los abusos, las autoridades escolares se limitaban a decir que eran cosas de muchachos, que los muchachos siempre han sido así y que Nabozny debía esperar ese tipo de agresiones por ser abiertamente homosexual.

En vista de la gravedad del asunto, ya son varios los Estados que se han hecho eco de una política pública firme para combatir este mal. Entre ellos, podemos destacar Arizona; Arkansas; California; Colorado; Connecticut, Georgia, Illinois, Louisiana, Michigan y New Hampshire. Estos Estados han establecido una serie de iniciativas importantes, como parte de un gobierno activo en la prevención de la agresión y el maltrato entre compañeros en las escuelas. Aunque varían según los programas, todas las gestiones mantienen ciertas características en común, a saber: un nuevo enfoque para crear a nivel escolar un ambiente o atmósfera que desaliente la conducta agresiva; el sondeo de estudiantes para determinar la naturaleza y extensión de dicha conducta en los participantes; adiestramientos para capacitar al personal docente, para que éste a su vez pueda reconocer y actuar en contra de este tipo de agresión; reglamentación consistente en contra de dicho comportamiento; entre otras.

Considerando las graves consecuencias de la conducta, normalmente conocida como “bullying”, se hace imprescindible que el Estado tome las medidas que entienda necesarias para contrarrestar efectivamente dicha conducta. A juicio de los proponentes de la presente Ley, éste es un mecanismo que será eficaz para asegurar que las escuelas privadas de nivel preescolar, elemental, secundario, vocacional, técnico y de altas destrezas pongan de su parte para evitar tal conducta tan reprochable.

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.-Se enmiendan los incisos (2) y (3); se añade un nuevo inciso (4); y se redesigna el actual inciso (4) como (5) en el Artículo 16 de la Ley Núm. 148 de 1999, según enmendada, para que lea como sigue:

“Artículo 16.-Evaluación de las Escuelas

Las normas de evaluación que el Consejo establezca para sus procesos de licenciamiento y acreditación tendrán como propósito:

(1) …

(2) comprobar que las instalaciones escolares son satisfactorias y que no representan riesgos para la salud y la seguridad de los estudiantes;

(3) cerciorarse de que las escuelas podrán honrar los compromisos que contraigan con sus estudiantes; y

(4) requerir a las escuelas privadas de nivel preescolar, elemental, secundario, vocacional, técnico y de altas destrezas evidenciar fehacientemente que cuentan e implantan políticas y protocolos definidos, concretos y ejecutables en contra del hostigamiento e intimidación (“bullying”) entre estudiantes.

(5) …”

Artículo 2.-Para efectos de esta Ley, el hostigamiento e intimidación (“bullying”) entre estudiantes se referirá a la acción de violencia sistemática, sicológica, física o sexual por parte de un alumno o grupo de alumnos hacia uno o más compañeros de clase, que no están en posición de defenderse a si mismos.

Artículo 3.-El nuevo requerimiento introducido en esta Ley será de aplicación prospectiva. La misma se requerirá a toda persona natural o jurídica que desee renovar u obtener una licencia para operar una escuela privada de nivel preescolar, elemental, secundario, vocacional, técnico y de altas destrezas trescientos sesenta (360) días a partir de la aprobación de esta Ley.

Artículo 4.-El Presidente del Consejo General de Educación tendrá un término no mayor de ciento ochenta (180) días, luego de aprobada esta Ley, para enmendar o promulgar la reglamentación que estime pertinente, de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 170 de 12 de agosto de 1988, según enmendada, conocida como “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”.

Artículo 5.-Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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Presidente de la Cámara

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Presidente del Senado

Notas Importantes:

1. Esta ley es copia de la ley original cuando fue aprobada, no incluye enmiendas posteriores.

2. Presione Aquí para buscar enmiendas posteriores de tener alguna. Debe buscar desde la fecha de esta ley al presente.

3. Presione Aquí para ver la Ley Completa, con sus enmiendas integradas y Actualizada (Socios Solamente)